Puede encontrar información sobre oportunidades profesionales en nuestro sitio web: https://www.edpb.europa.eu/career-opportunities_es

Si desea obtener más información o presentar una solicitud espontánea, póngase en contacto con edps-selections@edps.europa.eu. Si desea presentar una solicitud, indique que está solicitando un puesto en la Secretaría del CEPD. Las solicitudes espontáneas enviadas directamente al CEPD se eliminan sin reenvío.

Versión: 23/06/2025

Si se encuentra con problemas técnicos con uno de los sistemas del CEPD (por ejemplo, con nuestro sitio web, al responder a una consulta pública, etc.), indique claramente qué sistema está implicado y la naturaleza del problema que está encontrando. Le responderemos a su debido tiempo.

Tenga en cuenta que no responderemos a las solicitudes de asistencia sobre sistemas no gestionados por el CEPD.

Versión: 23/06/2025

El Comité de Supervisión de la Coordinación (CSC), que existe en el seno del CEPD, coordina la supervisión del tratamiento de datos personales en el Sistema de Información de Schengen (SIS). La legislación pertinente de la UE es el Reglamento (UE) 2018/1862 (en particular, su artículo 71) y el Reglamento (UE) 2018/1861 (en particular, su artículo 57).

Para los datos personales incluidos en el SIS, usted tiene derechos de acceso, rectificación y supresión. Estos derechos incluyen:

  • El derecho a saber si la información relacionada con usted se procesa en el SIS;
  • El derecho de acceso a esos datos;
  • El derecho a la rectificación de los datos inexactos o a la supresión de los mismos cuando se hayan almacenado ilegalmente; y
  • El derecho a actuar ante los tribunales, su autoridad de protección de datos y / o autoridades competentes, según corresponda, para corregir o eliminar los datos relacionados con usted u obtener una compensación.

Para ejercer sus derechos, póngase en contacto con su autoridad nacional competente del país Schengen de su elección. Para obtener más información sobre las autoridades nacionales competentes y sobre la autoridad de protección de datos de cada país Schengen, consulte la «Guíapara el ejercicio de los derechos de los interesados»,disponible en nuestro sitio web. Allí también puede encontrar modelos de cartas para ayudarle con el ejercicio de sus derechos. 

Téngase en cuenta que el CEPD no tiene competencia para tramitar reclamaciones o solicitudes individuales. Además, el CEPD no tiene acceso al contenido de estos sistemas de información y bases de datos.

Encontrará más información sobre cómo ejercer sus derechos en nuestro sitio web https://www.edpb.europa.eu/our-work-tools/our-documents/csc-data-subjec….

Versión: 23/06/2025

La Comisión Europea puede decidir si un país fuera de Europa (o una organización internacional) ofrece un nivel «adecuado» de protección de datos, lo que facilita los flujos de datos entre Europa y este país. 

El CEPD se encarga de emitir dictámenes sobre los proyectos de decisiones de adecuación, antes de la decisión de la Comisión Europea. Los dictámenes no son vinculantes para la Comisión Europea, pero suelen ser útiles para las demás organizaciones consultadas en este marco, como los Estados miembros de la UE.

Además, la Comisión Europea es la competente para supervisar la evolución en países no europeos que podría afectar a las decisiones de adecuación. Algunas decisiones de adecuación prevén una regularidad específica para la revisión de la decisión y pueden referirse a la posibilidad de que los representantes del CEPD participen en el proceso de revisión organizado por la Comisión Europea.

Tenga en cuenta también que las Autoridades Europeas de Protección de Datos pueden proteger a las personas con respecto a las transferencias de datos realizadas en el contexto de la decisión de adecuación (consulte una lista de ellas en nuestro sitio web: https://edpb.europa.eu/about-edpb/board/members_es).

Si considera que una decisión de adecuación existente no se ajusta a sus derechos fundamentales de la persona a la privacidad y la protección de datos, puede presentar una reclamación ante su APD, que puede presentar dichas objeciones ante un órgano jurisdiccional nacional que pueda verse obligado a plantear una petición de decisión prejudicial al Tribunal de Justicia [véase el artículo 58, apartado 5, del RGPD y la sentencia Schrems del TJUE (asunto C-362/14)].

Para más información, véase: https://commission.europa.eu/law/law-topic/data-protection/international-dimension-data-protection/adequacy-decisions_es 

Versión: 23/06/2025