El CEPD publica una declaración sobre los retos de las gafas inteligentes en materia de protección de datos

  • EDPB News

Bruselas, 13 de octubre – Durante su último pleno, el CEPD adoptó una declaración sobre las gafas inteligentes y publicó el informe «La mirada conectada. Grabación de vídeo, vigilancia y administración de pruebas en la era de las gafas inteligentes»*, desarrollado en el contexto del programa del Grupo de Apoyo de Expertos (SPE)**.

A medida que las gafas inteligentes están ampliamente disponibles y se utilizan con mayor frecuencia, plantean cuestiones importantes para la protección de los datos personales y los derechos y libertades de las personas, incluso si crean nuevas oportunidades de comunicación, asistencia e innovación.

«Estos dispositivos parecen gafas normales, pero incluyen cámaras y micrófonos y están conectados a internet. Esto plantea serias preocupaciones de privacidad, ya que las personas pueden ser grabadas sin su conocimiento.

Los riesgos son aún mayores en entornos sensibles, como hospitales, escuelas o lugares de trabajo, y cuando las grabaciones se comparten en las redes sociales. Y, por supuesto, los niños corren un riesgo especial cuando usan estas gafas o cuando son filmados».

Presidente del CEPD, Anu Talus

El texto del CEPD es una declaración inicial que proporciona orientaciones preliminares a los usuarios, fabricantes y proveedores de servicios, al tiempo que aumenta la sensibilización sobre los riesgos que plantean estos dispositivos.

Responsabilidad compartida

La responsabilidad del usuario del tratamiento de datos personales en virtud del RGPD depende de la forma en que utilice sus gafas inteligentes. Por ejemplo, si esto implica compartir una foto o un vídeo en una cuenta pública de redes sociales, o si se utilizan gafas inteligentes como parte de actividades oficiales, profesionales o políticas, el usuario se consideraría responsable del tratamiento de datos.

Sin embargo, si el usuario comparte una foto o graba un video de familiares o amigos, o si utiliza el dispositivo con fines de traducción personal en un contexto privado, esto se consideraría una actividad puramente personal para la que no se aplicaría el GDPR (exención del hogar). En cualquier caso, incluso cuando el RGPD no se aplica, el uso de gafas inteligentes puede estar sujeto a la legislación penal, civil o laboral, así como a otras normas sectoriales específicas.

Como responsables del tratamiento de datos, ni el productor ni el proveedor de una aplicación o servicio vinculado pueden transferir sus obligaciones a los usuarios. Deben cumplir con la ley de protección de datos y garantizar que cualquier nuevo procesamiento de datos siga siendo compatible con el propósito original de la recopilación.

La importancia de la transparencia

El CEPD destaca la transparencia como uno de los principales retos en materia de protección de datos que plantean las gafas inteligentes. Debido a su apariencia y uso discretos, los transeúntes pueden desconocer que los datos personales relacionados con ellos están siendo procesados, por quién y para qué fines.

«Las gafas inteligentes deben hacer que su grabación sea obvia, por ejemplo, con luces LED brillantes, señales de audio o señales de activación de voz, notificaciones de teléfonos inteligentes respetuosas con la privacidad o diseños únicos. Estas advertencias deben ser confiables, difíciles de ignorar y siempre actualizadas.

Incluso en espacios públicos, los espectadores deben entender claramente que alguien los está filmando o fotografiando. Porque en lo que respecta a la privacidad, las personas merecen advertencias claras, no sorpresas ocultas».

Presidente del CEPD, Anu Talus

Por último, la declaración fomenta los estándares de la industria y las medidas de sensibilización para ayudar a las personas a comprender cuándo se utilizan las gafas inteligentes y cómo se utilizan sus datos personales.

Perspectivas de los expertos

El informe «La mirada conectada. Grabación de vídeo, vigilancia y administración de pruebas en la era de las gafas inteligentes» fue encargado por el Consejo, a través de su programa SPE y a raíz de una propuesta de la APD francesa, para comprender mejor el uso de gafas inteligentes, sus implicaciones para la privacidad y evaluar su aceptabilidad social.

El informe, desarrollado por un sociólogo digital, examina tanto las experiencias de los usuarios con gafas inteligentes como las percepciones de los no usuarios sobre los riesgos asociados, con el apoyo de ejemplos de la vida real de los entrevistados.

La investigación muestra que las gafas inteligentes a veces se están convirtiendo en instrumentos de vigilancia interpersonal y manejo de evidencia. Además, la capacidad de las personas para utilizar estos dispositivos de manera efectiva varía ampliamente, creando desequilibrios de poder entre quienes los utilizan y quienes se registran.

Nota a los editores:

*Este documento no ha sido elaborado por el CEPD. Fue preparado por un contratista externo como parte del programa SPE. Las opiniones expresadas son las de los autores y no reflejan necesariamente la posición oficial del CEPD.

**El Grupo de Apoyo de Expertos (SPE) es una iniciativa clave del CEPD, que forma parte de la Estrategia 2024-2027 del CEPD. El principal objetivo de este programa es ayudar a las Autoridades Europeas de Protección de Datos (APD) a aumentar su capacidad para supervisar y hacer cumplir las normas de protección de datos mediante el desarrollo de herramientas comunes y dándoles acceso a un amplio grupo de expertos.

Esta es una traducción automática de una consulta pública y puede contener errores. No sustituye a la versión oficial en inglés.

Relevant topics
Tecnología

Latest news

  • National News
  • no

Norwegian DPA fines Xandr EUR 8 600 000 for unlawful processing of personal data

  • National News

Italian DPA fines IQVIA EUR 7 000 000 for unlawful processing of patients’ health data

  • National News

Italian DPA fines security company EUR 39 000 for violations concerning employees’ data